CRUCH expone a diputados recomendaciones a proyecto de ley que introduce modificaciones al Sistema de Aseguramiento de la Calidad

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En la sesión de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, el vicepresidente ejecutivo alterno del Consejo de Rectores, Darcy Fuenzalida, destacó que el Ejecutivo recogió las recomendaciones del CRUCH en la iniciativa que modifica el párrafo 5° de las disposiciones transitorias de la Ley N° 21.091.

También planteó que el éxito de las transformaciones dependerá de la eficacia con que se implementen los cambios, en particular, que las acciones estén orientadas y releven los distintos proyectos institucionales, que respeten la autonomía institucional, que permitan el desarrollo pleno de las instituciones, y que sean pertinentes a las necesidades de los distintos contextos educacionales.

El vicepresidente alterno del Consejo de Rectores, Darcy Fuenzalida, expuso las propuestas del organismo ante la comisión de Educación de la Cámara de Diputados, que tramita el proyecto que modifica el párrafo 5° de las disposiciones transitorias de la ley N° 21.091, sobre Educación Superior, referidas a las transformaciones del Sistema de Aseguramiento de la Calidad.

En la sesión que se efectuó este lunes 4 de marzo en la sede del Congreso en Santiago, el rector Fuenzalida destacó que el proyecto de ley del Ejecutivo recoge los planteamientos contenidos en el documento “Propuestas y recomendaciones del Consejo de Rectores para la Implementación de la Ley N°21.091” que se presentaron al Mineduc en diciembre del año pasado.

Lo que propone el Ejecutivo es extender el plazo de aprobación y publicación de los criterios y estándares de calidad, desde el 1 de enero de 2020 al 30 de septiembre de 2020, junto con ampliar el plazo para la aplicación de los nuevos criterios y estándares a los procesos de acreditación iniciados 24 meses después de su publicación, lo que implicaría que a partir del 30 de septiembre del 2022 comenzaría a acreditarse a las instituciones con nuevos criterios y estándares de calidad.

Por otro lado, efectivamente otorga validez a los procesos iniciados con agencias privadas de acreditación; reestablece la facultad del Consejo Nacional de Educación (CNED) para resolver los recursos de apelación de las acreditaciones de carreras que se presenten; e introduce un periodo de transitoriedad para la acreditación de los programas de doctorado.

Cabe recordar que la Ley N° 21.091 introduce cambios sustantivos al sistema de aseguramiento de la calidad, entre los que se incluye una reforma a la Comisión Nacional de Acreditación (CNA); cambios en la acreditación de carreras y programas de pre y posgrado; y modificaciones a la acreditación institucional, estableciendo nuevos criterios y estándares, haciéndola obligatoria y modificando la evaluación a las instituciones en función de niveles y no de años; entre otras.

En la sesión de la Cámara de Diputados, que contó con la participación de la ministra de Educación, Marcela Cubillos, y el jefe de la División de Educación Superior del Mineduc, Juan Eduardo Vargas, también presentaron sus observaciones al proyecto el presidente del Consorcio de Universidades del Estado de Chile (CUECH), Ennio Vivaldi, y el vicepresidente de la Comisión Nacional de Acreditación, José Luis Martínez.

Consideraciones adicionales

Si bien el proyecto de ley del Gobierno recoge las recomendaciones más urgentes, el CRUCH insistió en la necesidad de reformular el Sistema de Aseguramiento de la Calidad, en atención a las deficiencias de su funcionamiento. Lo anterior, considerando que especialistas nacionales y de organismos internacionales, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Red Internacional para Agencias de Aseguramiento de Calidad en la Educación Superior (INQAAHE), entre otras, han establecido nudos críticos del sistema y propuestas para mejorarlo.

Por otra parte, el vicepresidente alterno del CRUCH y rector de la Universidad Técnico Federico Santa María expresó que la transformación no debiese abarcar solo la reconfiguración de las dimensiones de la evaluación, sino también un cambio conceptual de mayor envergadura que identifique qué se entenderá por calidad en la educación superior.

Finalmente, el rector Fuenzalida planteó que el éxito de las transformaciones dependerá de la eficacia con que se implementen los cambios, en particular, que las acciones estén orientadas y releven los distintos proyectos institucionales, que respeten la autonomía institucional, que permitan el desarrollo pleno de las instituciones, y que sean pertinentes a las necesidades de los distintos contextos educacionales.

 

Presentación del CRUCH sobre proyecto de ley que modifica el párrafo 5° de las disposiciones transitorias de la Ley N° 21.091 de Educación Superior